Estampilla

Documentación

Convocatorias

Rendición

Torneo

Observatorio

GLOSARIO

Acorde: 

Serie de sonidos simultáneos.

Armonía:

Conjunto de leyes que rigen la formación y los enlaces de los acordes.

Arte:

es entendido generalmente como cualquier actividad o producto realizado por el ser humano con una finalidad estética o comunicativa, a través del cual se expresan ideas o emociones.

Autor:

Persona fisica que realiza la creación intelectual.

Baile:

Sucesión de movimientos ejecutados según un orden y ritmo determinados, que recibe un nombre particular, como vals, rigodón, polca, etc.

Becas:

Programa de Apoyo de Estudios Formales y Desarrollo de Proyectos. Esta línea apoya a artistas, investigadores, gestores e instituciones culturales que acrediten trayectoria en su área, para que desarrollen proyectos creativos y/o investigativos, así como para que realicen estudios a nivel internacional en las diferentes áreas artísticas y de gestión cultural.

Bibliografía:

Las denominadas “Bibliotecas Nacionales” representan la cabecera del sistema de los Estados. Están financiadas con fondos públicos y cumplen una doble finalidad: conservar y difundir el patrimonio cultural (referente a información registrada a lo largo del tiempo) de cada país, y proporcionar material bibliográfico de investigación para cualquier disciplina. En general, cada País tiene una Biblioteca que es considerada “Nacional” y cuyos objetivos son los antes reseñados.

Bibliotecas pública:

La biblioteca pública es un centro de información que facilita a los usuarios todo tipo de datos y conocimientos. La biblioteca pública presta sus servicios sobre la base de igualdad de acceso de todas las personas, independientemente de su edad, raza, sexo, religión.

Casas de cultura:

Las Casas de la Cultura son instituciones municipales orientadas al fortalecimiento de la cultura de las comunidades desde procesos de pedagogía social. Son centros dinamizadores de la vida cultural y social de las comunidades, que involucran a toda la población.

Consejos territoriales de cultura:

Son las instancias de concertación entre el Estado y la sociedad civil encargadas de liderar y asesorar a los gobiernos nacionales departamentales, distritales y municipales y de los territorios indígenas en la formulación y ejecución de las políticas y la planificación de los procesos culturales.

Coordinación:

Es la capacidad que tienen los músculos estéticos del cuerpo de sincronizarse bajo parámetros.

Creador colectivo:

Grupo humano generador de manifestaciones de patrimonio inmaterial a partir de su historia, tradición, creatividad, imaginación y sensibilidad. Las expresiones creadoras de carácter colectivo, como expresión libre del pensamiento humano, generan identidad, sentido de pertenencia y enriquecen la diversidad cultural del país.

Cultura:

Es el conjunto de rasgos distintivos, espirituales, materiales, intelectuales y emocionales que caracterizan a los grupos humanos. Comprende, más allá de las artes y las letras, modos de vida, derechos humanos, sistemas de valores, tradiciones y creencias (Ley 397, Art. 1). El término "cultura" abarca los valores, las creencias, las convicciones, los idiomas, los saberes y las artes, las tradiciones, instituciones y modos de vida por medio de los cuales una persona o un grupo expresa su humanidad y los significados que da a su existencia y a su desarrollo. (Los Derechos Culturales, Declaración de Friburgo, 2007).

Divulgación:

Hacer accesible la obra al público por cualquier medio o procedimiento.

Danza folclórica:

es un término utilizado para describir a un gran número de danzantes, en su mayoría de origen europeo, que tienden a compartir los atributos similares.

Diversidad cultural:

“La diversidad cultural se refiere a la multiplicidad de formas en que se expresan las culturas de los grupos y sociedades. Estas expresiones se transmiten dentro y entre los grupos y las sociedades. La diversidad cultural se manifiesta no sólo en las diversas formas en que se expresa, enriquece y transmite el patrimonio cultural de la humanidad mediante la variedad de expresiones culturales, sino también a través de distintos modos de creación artística, producción, difusión, distribución y disfrute de las expresiones culturales, cualesquiera que sean los medios y tecnologías utilizados”. (Artículo 4 de la CONVENCIÓN SOBRE LA PROTECCIÓN Y PROMOCIÓN DE LA DIVERSIDAD DE LAS EXPRESIONES CULTURALES. Unesco, París, 20 de octubre de 2005).

Espacios de participación:

Son el ámbito de encuentro de todos los actores del Sistema Nacional de Cultura en donde se concertan las decisiones de la política, la planificación cultural nacional o territorial y la vinculación y articulación con los demás sistemas.

Estampilla procultura:

Es un recaudo generado en departamentos, distritos y municipios, autorizado por las asambleas departamentales, los consejos distritales y municipales para que ordenen la emisión. Lo recaudado se destina a proyectos acordes con los planes nacionales y locales de cultura, su administración la adelanta el respectivo ente territorial al que le corresponda el fomento y el estímulo de la cultura. Este patrimonio cultural inmaterial, que se transmite de generación en generación, es recreado constantemente por las comunidades y grupos en función de su entorno, su interacción con la naturaleza y su historia. Este patrimonio contribuye a promover el respeto de la diversidad cultural y la creatividad humana, y a través de él la comunidad consigue concretar un sentimiento de identidad y continuidad. La Convención de Patrimonio Cultural Inmaterial sólo tiene en cuenta las manifestaciones o expresiones compatibles con los instrumentos internacionales de derechos humanos existentes y con los imperativos de respeto mutuo entre comunidades, grupos e individuos y de desarrollo sostenible (Convención PCI, Art. 2). Este plan guardará concordancia con el Plan Nacional de Inversiones. El Departamento Nacional de Planeación preparará un informe regional y departamental del presupuesto inversión para discusión en las comisiones económicas de Senado y Cámara de Representantes (Ley 38/89 artículo 5o. Ley 179/94, artículo 2o.).

 Estímulo:

Se define como el apoyo económico que se otorga a los colombianos o extranjeros residentes en Colombia ganadores de las convocatorias del Ministerio de Cultura, para que desarrollen, continúen o finalicen un proyecto de creación, investigación o formación a nivel nacional o internacional; o como reconocimiento económico por la excelencia de una obra artística inédita o terminada o de vida; o a experiencias exitosas a nivel gubernamental por la puesta en marcha de forma coordinada y consecuente de programas que consoliden el Plan Nacional de Cultura en el país; o a aquellas organizaciones culturales públicas o privadas sin ánimo de lucro por la excelencia de su trabajo en pro de la cultura.

Eventos:

Ciclos de conferencias, lecturas de textos, de poemas, presentación de videos, películas, exhibición de exposiciones bibliográficas y hemerográficas y préstamo de exposiciones itinerantes que divulguen el patrimonio documental que custodia la Biblioteca Nacional de Colombia.

Foros ciudadanos de cultura:

Encuentros entre la ciudadanía y los candidatos a las corporaciones municipales, distritales y departamentales con el objeto de concertar acuerdos sociales para la inclusión, continuidad e implementación de proyectos y programas culturales en los planes de desarrollo territoriales.

Identidad:

Se entiende como identidad al conjunto de rasgos y manifestaciones materiales e inmateriales que le permiten a una comunidad o colectividad, y a las personas, asumirse como perteneciente a una colectividad, a perpetuarse como tal y a diferenciarse de otras.

Identidad cultural:

La expresión “identidad cultural”, debe entenderse como el conjunto de referencias culturales por el cual una persona, individual o colectivamente, se define, se constituye, comunica y entiende ser reconocida en su dignidad. (Los Derechos Culturales, Declaración de Friburgo, 2007).

Identificación e inventario:

Es el proceso de reconocimiento, documentación, registro y análisis de la información sobre las manifestaciones de patrimonio cultural inmaterial.

Interculturalidad:

Se refiere a la presencia e interacción equitativa de diversas culturas y la posibilidad de generar expresiones culturales compartidas, adquiridas por medio del diálogo y de una actitud de respeto mutuo”. (Artículo 4 de la CONVENCIÓN SOBRE LA PROTECCIÓN Y PROMOCIÓN DE LA DIVERSIDAD DE LAS EXPRESIONES CULTURALES. Unesco, París, 20 de octubre de 2005).

Joropo:

Es un género musical y danza tradicional de Venezuela​​​​ y Colombia. ​​ Su diversidad se manifiesta en distintas tipologías subregionales.

Lista representatica de manifestacions de patrimonio de cultura inmaterial:

Esta lista es un conjunto de manifestaciones relevantes de patrimonio cultural inmaterial que cuentan con un plan especial de salvaguardia y que son objeto de una especial atención del Estado por ser expresiones representativas de la diversidad e identidad de las comunidades y colectividades que conforman la Nación.

Manifestaciones del patrimonio cultural inmaterial:

De acuerdo con el Artículo 8 de la Ley 1185 del 2008, son todas las prácticas, los usos, representaciones, expresiones, conocimientos, técnicas y espacios culturales que las comunidades y los grupos reconocen como parte integrante de su identidad y memoria colectiva. Se trata, en consecuencia, de un conjunto dinámico y complejo de procesos sociales, prácticas, valores y bienes que la sociedad recrea, enriquece y transmite como parte de su identidad.

Música:

Arte de combinar los sonidos en una secuencia temporal atendiendo a las leyes de la armonía, la melodía y el ritmo, o de producirlos con instrumentos musicales.

Música llanera:

Viene de la mezcla de influencias españolas e indígenas. La estructura rítmica es una combinación de ritmos ternario y compuesto, pero como es un descendiente del Vals se escribe en un tiempo de 3/4.

Objetos de interes cultural:

Bienes muebles e inmuebles producto de la creación humana, tales como documentos, fotografías, pinturas, esculturas, textiles, mobiliario, material arqueológico, objetos etnográficos, etc.

Obra audiovisual:

Toda creación expresada mediante una serie de imágenes asociadas, con o sin sonorización incorporada, que esté destinada esencialmente a ser mostrada a través aparatos de proyección o cualquier otro medio de comunicación de la imagen y de sonido, independientemente de las características del soporte material que la contiene.

Obra plástica o de bellas artes:

Creación artística cuya finalidad apela al sentido estético de la persona que la contempla, como las pinturas, dibujos, grabados y litografías. No quedan comprendidas en la definición, a los efectos de la presente Decisión, las fotografías, las obras arquitectónicas y las audiovisuales.

Obra:

Se define como un objeto o documento artístico o investigativo ya terminado.

Obras patrimoniales:

Bienes producto de la creación humana., tales como libros, documentos, material hemerográfico, fotografías, pinturas, esculturas, textiles, mobiliario, etc. Oficina Nacional Competente: Órgano administrativo encargado de la protección y aplicación del Derecho de Autor y Derechos Conexos.

Patrimonio cultura inmaterial:

Está constituido por los usos, representaciones, expresiones, conocimientos y técnicas —junto con los instrumentos, objetos, artefactos y espacios culturales que les son inherentes— que las comunidades, los grupos y en algunos casos los individuos reconocen como parte integrante de su patrimonio cultural.

Patrimonio:

Es patrimonio el conjunto de bienes, materiales (muebles e inmuebles) e Inmateriales (instrumentales, éticos, comunicativos y organizativos) que, en continua interacción, constituyen el acervo, el activo, a través del cual, o en su seno (Patrimonio natural), un pueblo participa en el devenir de la Humanidad.

Plan decenal de cultura:

Convoca, desde lo cultural, a la construcción plural de la nación frente al concierto global. Tiene como propósito contribuir a consolidar las políticas culturales como políticas públicas. Esto significa políticas construidas colectivamente, asociadas a procesos de participación comprometidos con la construcción de ciudadanía cultural, de largo plazo, políticas de Estado habilitadas para trascender las coyunturas gubernamentales, políticas sociales que contribuyan al alivio de la pobreza y a la búsqueda de la equidad social.

Plan especial de salvaguardia:

El Plan Especial de Salvaguardia –PES- es un acuerdo social y administrativo que incluye un conjunto de medidas encaminadas a garantizar la viabilidad del patrimonio cultural inmaterial, el cual comprende, entre otras actividades, la identificación, documentación, investigación, fortalecimiento, preservación, protección, promoción, valoración, transmisión y revitalización de este patrimonio en sus distintos aspectos. (Convención del PCI Art 2)

Política cultural regional:

Conjunto de estrategias de intervención cultural que responden a las necesidades y características específicas de un territorio, formuladas desde el estado con la participación de agentes culturales que representan los intereses de las comunidades.
Proyecto:

Se define como una propuesta de trabajo de producción o investigación artística o cultural que se encuentra en proceso o por desarrollar.

Residencias artísticas:

Programa de Intercambio nacional e internacional. Esta línea apoya a artistas e investigadores de trayectorias en formación y consolidadas, para que desarrollen proyectos creativos o exploraciones artísticas en un escenario diferente al propio.
Sistema Nacional de cultura:

Sitema presupuestal:

Conjunto de instancias y procesos de desarrollo institucional, planificación e información articulados entre sí, que posibilitan el desarrollo cultural y el acceso de la comunidad a los bienes y servicios culturales según los principios de descentralización, participación y autonomía.

Tutor:

Está constituido por un plan financiero, por un plan operativo anual de inversiones y por el presupuesto anual de la Nación (Ley 38/89, artículo 3o., Ley 179/94, artículo 55, inciso 5o.).